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El valor de la vida: reflexiones frente al proyecto de despenalización del aborto


Ante el debate nacional que se ha originado sobre el tema, la UC ha realizado un aporte a la discusión, mediante una reflexión del rector Ignacio Sánchez, junto a una comisión de expertos de distintas áreas. El texto profundiza en la idea sobre la despenalización del aborto en casos de riesgo de vida de la madre, malformaciones congenitales letales y embarazo producto de una violación y la dignidad del ser humano desde la fecundación hasta la muerte natural. 

imagen correspondiente a la noticia: "El valor de la vida: reflexiones frente al proyecto de despenalización del aborto"

photo_camera Archivo UC

La presentación de iniciativas legales que intentan despenalizar el aborto en tres condiciones  -riesgo materno vital por embarazo, presencia de malformaciones congénitas  letales y el embarazo producto de una violación - han desatado  un extenso debate en nuestro país sobre el tema. En esa línea, la UC cree firmemente en el respeto a la vida, del que está por nacer, del anciano y enfermo terminal hasta la muerte natural. Para desarrollar los argumentos que sustentan esta posición, el rector UC Ignacio Sánchez convocó a una comisión que, de manera interdisciplinaria, analizó cada una de las ideas y frases sobre el aborto que se pronuncian constantemente a través de la prensa nacional. “Se trata de un debate sobre los derechos humanos y sobre la dignidad del ser humano, de todo ser humano. Así, la conducta que adoptemos frente a los más vulnerables es en extremo relevante, ya  que demostrará de modo inequívoco el real valor y respeto que como sociedad tenemos ante la vida humana, y en definitiva el tipo de sociedad en que queremos vivir”, escribe el rector Sánchez en el documento “Aporte de la UC al debate nacional sobre despenalización del aborto”. El texto incluye además las conclusiones del grupo de trabajo convocado por el rector, entre los que se encuentran Jaime Godoy (Facultad de Medicina), José Tomás Alvarado (Facultad de Filosofía), padre Cristián Hodge (Facultad de Teología), Magadalena Ossandón (Facultad de Derecho), José Andrés Poblete (Facultad de Medicina), Eduardo Valenzuela (Facultad de Ciencias Sociales),  Rafael Vicuña (Facultad de Ciencias Biológicas) y Luz Márquez de la Plata (Vicerrectoría de Comunicaciones).

El inicio de la vida es en la fecundación. Desde el instante en que el óvulo es fecundado por el espermatozoide –la fusión de los gametos-, se inicia la vida de un “alguien”, de una persona y se define lo que será un ser único e irrepetible. “Por sí mismo, y sin control desde fuera por la madre, el nuevo código genético del cigoto, único e irrepetible, dirige el desarrollo de ese ser humano expresando su programa genético. Esta célula, por divisiones y diferencias sucesivas, formará cada una de las células presentes en el embrión, feto, recién nacido, niño y adulto”, dice el rector Sánchez.

Es por esto que, desde su concepción, el embrión es una persona distinta, y que es sujeto a que se le reconozca su dignidad. ��La persona pre-existe ontológicamente a sus cualidades y es digna por pertenecer a la especie humana. De allí que el recién nacido concebido, en cuanto a individuo, tiene todo el derecho a vivir”, dice el rector  Sánchez.                                                                                            

En nuestro país, la protección jurídica que tiene el engendrado no nacido, está escrita en nuestra constitución, señalando que nuestra sociedad reconoce el carácter de persona humana y el derecho a la vida del no nacido. “La constitución asegura a todas las personas el derecho a la vida y la integridad física y psíquica e indica que la ley protege al que está por nacer (artículo 19 N° 1)”, dice el rector. En ese sentido, el Tribunal Constitucional ha señalado: “(…) al momento de la concepción surge un individuo que cuenta con toda la información genética necesaria para su desarrollo, constituyéndose en un ser distinto y distinguible completamente de su padre y de su madre”.

Si se analiza desde el punto de vida de la labor de la medicina, esta disciplina tiene como objetivo el cuidado de la vida y la búsqueda del bien del paciente, con un compromiso más exigente a mayor vulnerabilidad, el aborto se sitúa lejos de la esencia misma de la medicina, más bien en sus antípodas, y no puede ni debe considerarse un acto propiamente médico. “Si el médico no respeta la más vulnerable de todas las vidas, niega lo que da sentido a su profesión y motiva su actuar cotidiano”, dice el rector Sánchez, y agrega, “la relación del médico con la embarazada siempre es concebida como dual, una relación en la que el cuidado siempre se orienta tanto a la madre como a su hijo”.

En consecuencia, una acción abortiva es aquella en la que se busca directamente la muerte del embrión o feto, es decir, en la que su fin y propósito es acabar con esa vida. “En Chile no hay razón médica para plantear una ley de aborto terapéutico. En nuestro sistema de salud público y privado, una mujer embarazada que necesita tratamiento médico durante el embarazado va a recibir la terapia que requiera su enfermedad. Si por efecto secundario a este tratamiento el feto fallece, esto será debido a la terapia requerida por la madre sin intención directa, y no por una acción directamente abortiva”, dice Ignacio Sánchez.

En el caso de las malformaciones congénitas letales, es importante entender la definición para evitar términos de “incompatible con la vida”. “Estas malformaciones se definen como aquellas que invariablemente conducen a la muerte in útero o en el periodo neonatal, sin importar el nivel de tratamiento o de soporte entregado”, escribe el rector Sánchez. A partir  de datos oficiales del Ministerio de Salud, en Chile, anualmente se estiman alrededor de 350 casos. “A pesar de ser situaciones muy difíciles y dolorosas, ellas no deben favorecer tomar una decisión aún más injusta, que es la de matar a un ser humano inocente […] En mi experiencia personal de haber acompañado a varias familias en estos difíciles momentos, la tranquilidad y paz que se encuentran al haber conocido al hijo, haberlo acompañado y querido en este corto paso por la vida, es algo que siempre se recordará con amor por las familias. Vivir una corta pero significativa experiencia de vínculo y amor con el hijo(a), contribuye de manera importante a elaborar la pérdida y sobrellevar el dolor, luego de un funeral digno, en familia”, dice Ignacio Sánchez. 

Por otro lado, en nuestro país se estima que existen alrededor de 200 casos de embarazos productos de una violación por año. Entendiendo que el respeto por la vida humana y la dignidad de la persona alcanza a todo ser humano, una sociedad preocupada de los derechos humanos debiera tener mecanismos de protección y apoyo que den cuenta de ese compromiso. “No es necesario introducir modificaciones legales para despenalizar el aborto, dado que nuestro sistema jurídico contempla las herramientas necesarias para que en circunstancias extremas y excepcionales no sea procedente la imposición de una pena a la mujer. En estas situaciones la conducta se considera ilícita pero no culpable, por lo que no constituye delito”, explica la máxima autoridad de la UC. 

La Encuesta Bicentenario UC-Adimark GfK muestra que el apoyo al aborto libre ante toda causa o razón es menor al 10%. Por lo anterior,  el rector Ignacio Sánchez llama a la sociedad y al sistema de salud a generar políticas públicas y cambios legislativos que otorguen un efectivo apoyo a las mujeres en estado vulnerable. “El derecho a la vida, sin limitaciones, debe ser promovido, respetado y garantizado desde la fecundación hasta la muerte natural. La persona y la vida humana íntimamente vinculadas. Se trata de reconocer el valor de ese “alguien” que va a nacer. Una sociedad desarrollada de manera integral se distingue por el respeto a la vida y, de manera especial, de la vida que está por nacer”, finaliza el rector.

Revisa el documento completo “Aporte de la UC al debate nacional sobre despenalización del aborto”

 

INFORMACIÓN PERIODÍSTICA

Paula Higueras, periodista, paulahigueras@uc.cl


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