La vida, un derecho humano siempre
Académicos de distintas disciplinas se reunieron a profundizar en la idea sobre la despenalización del aborto en casos de riesgo de vida de la madre, malformaciones congenitales letales y embarazo producto de una violación, con el objetivo de aportar al debate nacional y sustentar la dignidad del ser humano desde su concepción hasta su muerte natural.
La presentación de iniciativas legales que intentan despenalizar el aborto en tres condiciones específicas –riesgo materno vital por embarazo, presencia de malformaciones congenitales letales y el embarazo producto de una violación- han desato un extenso debate en nuestro país sobre el tema. En esa línea, la UC cree firmemente en el respeto a la vida, del que está por nacer, del anciano y enfermo terminal hasta la muerte natural. Para desarrollar los argumentos que sustentan esta posición, el rector UC Ignacio Sánchez convocó a una comisión que, de manera interdisciplinaria, analizó cada una de las ideas y frases sobre el aborto que se pronuncian constantemente a través de la prensa nacional. La reflexión se presentó en el encuentro “La vida humana desde sus inicio. Contribución de la UC a un debate informado”, instancia que reunió a la comunidad universitaria en San Joaquín. “Se trata de un debate sobre los derechos humanos y sobre la dignidad del ser humano, de todo ser humano. Así, la conducta que adoptemos frente a los más vulnerables es en extremo relevante que demostrará de modo inequívoco el real valor y respeto que como sociedad tenemos ante la vida humana, y en definitiva, el tipo de sociedad en que queremos vivir”, escribe el rector Sánchez en el documento “Aporte de la UC al debate nacional sobre despenalización del aborto”, entregado al final de la actividad y que incluyó además las conclusiones del grupo de trabajo convocado por el rector, entre los que se encuentran Jaime Godoy (Facultad de Medicina), José Tomás Alvarado (Facultad de Filosofía), padre Cristián Hodge (Facultad de Teología), Magdalena Ossandón (Facultad de Derecho), José Andrés Poblete (Facultad de Medicina), Eduardo Valenzuela (Facultad de Ciencias Sociales) y Rafael Vicuña (Facultad de Ciencias Biológicas).
¿Cuándo se inicia la vida humana? Fue una de las preguntas que se plantearon en la instancia. “La vida humana se inicia al momento de la fecundación”, expresó el profesor Manuel J. Santos, de la Facultad de Ciencias Biológicas, refiriéndose al momento que un óvulo es penetrado por un espermatozoide. “Esta nueva célula es distinta genéticamente de las células de sus progenitores”, expresó el médico genetista, agregando que al ser nueva, esta célula alberga todas las instrucciones necesarias para construir el cuerpo humano en toda su complejidad, por lo que desde ese momento ya es identificable como humano. Además, su material genético proviene en partes iguales del padre y de la madre, por lo que no puede ser considerado como parte del cuerpo de la madre.
El académico de filosofía José Tomás Alvarado se refirió a la pregunta de si es persona o no el embrión. “El ser humano es uno y el mismo en todos los momentos, y lo es de manera initerrumpida, desde la fecundación hasta la muerte”, señaló el profesor, agregando que el reconocimiento y garantía de toda persona humana de su dignidad y derechos es inalienable. “Cuando se trata del respeto a la vida y su dignidad, la pregunta relevante es si alguien o algo es o no persona, no lo que cree la mayoría”; expresó.
Por su parte, el profesor Álvaro Ferrer, de la Facultad de Derecho, se refirió a la protección jurídica que tiene en Chile el engendrado no nacido, señalando que nuestra sociedad reconoce el carácter de persona humana y el derecho a la vida del no nacido. “Así lo expresa la Constitución de la República de Chile cuando asegura a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y síquica y preceptúa que la ley protege al que está por nacer”, dijo ante los presentes. En ese sentido, la Corte Suprema ha establecido que “(…) se hace evidente que el que está por nacer, - cualquiera que sea la etapa de su desarrollo prenatal, pues la norma constitucional no distingue- tiene derecho a la vida, es decir, tiene derecho a nacer y constituirse en pesona con todos los atributos que el ordenamiento jurídico le reconoce, sin que a su respecto opere ninguna discriminación”.
Luego, el doctor Mauricio Bessio se refirió a las conductas que deben adoptar los médicos ante un embarazo con riesgo vital. “Una acción abortiva es aquella donde se busca directamente la muerte del embrión o feto, es decir, cuando su fin y propósito es acabar con esa vida humana”, definió el académico. Por lo tanto, ante casos donde el embarazo trae consigo un riesgo grave para la vida de la madre, se aplica la llamada Doctrina del Doble Efecto, la cual expresa que es normalmente legítimo realizar una acción que tiene como efecto previsible la ocurrencia de algo que no sería lícito realizar por sí mismo, siempre y cuando la acción intencional no sea mala en sí misma, el efecto negativo no sea el objetivo directo de la acción intencional ni tampoco un medio para su realización, y que exista proporcionalidad entre el efecto malo previsible y el fin bueno que se busca intencionalmente. “Una intervención médica practicada para salvar la vida de la madre, sin intención de provocar aborto no está prohibida sino permitida por el ordenamiento jurídico”, dijo el doctor Besio, explicando que esta clase de intervención terapéutica está permitida sin necesidad de modificar la ley.
En esa línea, la académica Magdalena Ossandon, de la Facultad de Derecho, se refirió a la dolorosa situación de un embarazo como resultado de una violación y expresó que permitir la eliminación de una persona inocente, solo por el modo como fue engendrada, resulta una solución demasiado simple, que contradice la doctrina de los derechos humanos, además de potencialmente peligrosa por los abusos que podría traer consigo su aplicación práctica. “Cuando el embarazo es producto de una violación, y la mujer llegase a cometer aborto, tampoco es necesario introducir modificaciones legales para despenalizar, toda vez que nuestro sistema jurídico contempla las herramientas para que, en circunstancias extremas y excepcionales, no sea precedente la imposición de una pena a la mujer, y eventualmente tampoco al médico, que lleguen a realizar un aborto cuando no era exigible una conducta diversa por una situación de miedo insuperable, fuerza moral irresistible o estado de necesidad exculpante. En estas situaciones la conducta se considera ilícita, pero no culpable por lo que no constituye delito”, explicó la profesora Ossandon.
Con todo, una mayoría abrumadora de chilenos permanece en contra del aborto libre y no concibe el aborto como un derecho de la mujer que pueda anteponerse al derecho a la vida del no nacido, según los datos de la Encuesta Nacional Bicentenario UC-Adimark 2006-2014. “La actitud hacia el aborto tiene una característica singular y es que entre todos los temas llamados morales, este es el único en el que los jóvenes adoptan una posición similar a la de los adultos y no lo aprueban mucho más que estos”, dijo el profesor Eduardo Valenzuela, de la Facultad de Ciencias Sociales.
Para finalizar, el rector Ignacio Sánchez agradeció la presentación de cada uno de los expositores y manifestó su intención de seguir con estos espacios durante el año. “Quiero hacer una invitación a la comunidad universitaria a hacerse parte de estos seminarios que, a partir de marzo, se realizarán en los distintos campus, invitando personas que opinen diferente, para establecer un debate de ideas con altura de miras para poder colaborar con el debate nacional”, dijo la autoridad universitaria.
INFORMACIÓN PERIODÍSTICA
Paula Higueras, periodista, paulahigueras@uc.cl